En este sentido, una vez que se padezca de una enfermedad se recomienda acudir al servicio médico de su preferencia y solicitar constancia de asistencia, en caso de que la enfermedad amerite reposo de hasta 3 días, deben notificar a la brevedad al supervisor inmediato el cual dará cuenta a la División de Gestión Humana. En caso que la enfermedad amerite reposo que superen los 3 días, igualmente debe notificar al supervisor inmediato e igualmente dirigirse a convalidar dicho reposo por ante el Instituto Venezolano del Seguro Social en un lapso máximo de 72 horas contados a partir de la fecha que se emite el reposo. En caso de ausencia de convalidación en el tiempo oportuno, el IVSS no hará efectiva la misma y por lo tanto queda legalmente el trabajador como ausente o inasistente al trabajo. En ambos casos, de omitir el trabajador la debida notificación a los supervisores en tiempo oportuno, se considerará como ausente o inasistente al sitio de labor.
martes, 2 de agosto de 2016
PROCEDIMIENTO DE REPOSOS
En este sentido, una vez que se padezca de una enfermedad se recomienda acudir al servicio médico de su preferencia y solicitar constancia de asistencia, en caso de que la enfermedad amerite reposo de hasta 3 días, deben notificar a la brevedad al supervisor inmediato el cual dará cuenta a la División de Gestión Humana. En caso que la enfermedad amerite reposo que superen los 3 días, igualmente debe notificar al supervisor inmediato e igualmente dirigirse a convalidar dicho reposo por ante el Instituto Venezolano del Seguro Social en un lapso máximo de 72 horas contados a partir de la fecha que se emite el reposo. En caso de ausencia de convalidación en el tiempo oportuno, el IVSS no hará efectiva la misma y por lo tanto queda legalmente el trabajador como ausente o inasistente al trabajo. En ambos casos, de omitir el trabajador la debida notificación a los supervisores en tiempo oportuno, se considerará como ausente o inasistente al sitio de labor.
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